El quellonino

Anuncio de impuestos a bebidas deportivas y néctares provoca controversia en el gremio

La tasa varía del 10% al 18%, según el contenido de azúcar en la bebida. El Gremio del sector evalúa opciones legales para impugnar la medida.

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Las bebidas deportivas (energéticas, hipotónicas e isotónicas) y néctares comenzarán a pagar impuestos en Chile, de acuerdo con una circular del Servicio de Impuestos Internos (SII).

En el documento se establece que a las “bebidas analcohólicas (sin alcohol) naturales o artificiales, energizantes o hipertónicas, jarabes y en general cualquier otro producto que las sustituya o que sirva para preparar bebidas similares, y las aguas minerales o termales a las cuales se les haya adicionado colorante, sabor o edulcorantes” se les establecerá un impuesto del 10%.

En el caso de que contengan más de 15 gramos de azúcares por cada 240 mililitros, o su porción equivalente, el gravamen se eleva al 18%.​ Según detalló el SII, para efectos de aplicar este mencionado impuesto, se entendió que las “bebidas hipotónicas, isotónicas y néctares son productos que se pueden clasificar como bebidas analcohólicas".

Esto basado en las definiciones técnicas actualizadas por el Ministerio de Salud. La nueva circular entrará en vigencia a partir de junio de 2024 para las ventas o importaciones de este tipo de alimentos. El pago será durante julio del mismo año. 

Por su parte, el Gremio mostró reparos previamente sobre la modificación al Impuesto Agregado a las Bebidas Analcohólicas (IABA). Según afirmaron la iniciativa “de dudosa legalidad podría afectar gravemente el principio de legalidad tributaria”. Ahora con la nueva Circular del SII buscarán iniciar acciones legales para dejarla sin efecto.

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