Comisión de Constitución de la Cámara aprobó proyecto que busca anular la Ley de Pesca
Con siete votos a favor y uno en contra la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó la legalidad de una iniciativa que busca anular la Ley de Pesca N°20.657, apodada «Ley Longueira». Los diputados de la UDI y RN (Partidos defensores de la ley) se retiraron de la sesión, y el único […]
Con siete votos a favor y uno en contra la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó la legalidad de una iniciativa que busca anular la Ley de Pesca N°20.657, apodada «Ley Longueira».
Los diputados de la UDI y RN (Partidos defensores de la ley) se retiraron de la sesión, y el único diputado oficialista que votó en contra fue el parlamentario de Evópoli Luciano Cruz-Coke.
El diputado Gabriel Ascencio comentó sobre la votación que «ésto puede ser un mero trámite, pero es un trámite importante», denunciando que «hoy en día nadie quiere verse involucrado en la defensa de la Ley Longueira» ya que «todo el mundo la considera corrupta».
El presidente de la comisión, el diputado Hugo Gutiérrez, explicó que «hemos asistido a un momento histórico en la lucha por la recuperación de las riquezas que pertenecen a todos los chilenos y chilenas».
El parlamentario comunista explicó que la iniciativa «es una moción parlamentaria» y por eso tras su aprobación ahora «va a la Comisión de Pesca, y posteriormente va a la sala, donde será votada por quórum simple», y por eso no debería pasar por el Tribunal Constitucional.
Por su parte el diputado Cruz-Coke fundamentó su voto en contra porque «no creo que la nulidad sea el mecanismo» ya que «las leyes no se anulan, se derogan», explicando que «no es posible anular una ley en Chile porque no sabemos los efectos que se produce. ¿Se vuelve a la ley anterior? Queda un vacío legal total. No sabemos cómo funciona».
Al respecto, en la sesión expuso el abogado de los pescadores artesanales, Rubén Jerez, que argumentó que la falta de probidad genera nulidad según el Artículo 7 de la Constitución, y que el Art. 11 del Código Civil da la potestad directa al Congreso de anular un acto en la prevención de un fraude.
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