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Bono Dueña de Casa o Protección: Cuáles son los requisitos para optar al beneficio

El Bono de Protección 2020, también conocido como Bono Dueña de Casa, es uno de los beneficios que otorga el Estado a los sectores más vulnerables del país y consiste en un aporte mensual que se otorga a las familias por un plazo de 2 años.

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El Bono de Protección 2020, también conocido como Bono Dueña de Casa, es uno de los beneficios que otorga el Estado a los sectores más vulnerables del país y consiste en un aporte mensual que se otorga a las familias por un plazo de 2 años.

Este aporte está destinado también a aquellas usuarias que sean participantes del programa Chile Seguridades y Oportunidades, por lo que el pago del aporte se entrega automáticamente y no se necesita postular.

¿Cuales son los requisitos para optar al beneficio?

El único requisito para poder optar al bono es haber aceptado la invitación a participar de uno de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos) a través de la firma de la Carta de Compromiso y del Plan de Intervención.

Según informó el Gobierno, estas acciones «una vez realizadas, gatillan directamente la gestión y posterior pago del bono de protección».

¿Cuál es el monto del bono?

El monto mensual a pagar por hogar o persona usuaria, varía de acuerdo a cada entrega y va decreciendo con el tiempo.

  • Los primeros 6 meses el bono asciende a $17.970.
  • Desde el mes 7 al mes 12, el bono es de $13.676.
  • Desde el mes 13 al mes 18 el bono es de $9.402.
  • Desde el mes 19 al 24 el bono es de $13.155 (valor corresponde a monto SUF).

Estos valores se reajustan el 1 de febrero de cada año, en el 100% de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.

¿Quiénes pueden cobrarlo?

El pago de este bono se realizará a aquella persona que viva sola o al integrante de la familia usuaria que corresponda, y cuenta un respectivo orden de prioridad:

  • Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
  • Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
  • Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
  • Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
  • Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.

¿Cómo se puede cobrar este aporte?

Los beneficiarios del Bono de Protección pueden elegir dos modalidades de pago: depósito en cuenta bancaria o retiro en Caja de Compensación Los Héroes o sucursales de BancoEstado.

Quienes prefieran la opción del depósito, si no cuentan con cuenta bancaria, el ministerio de Desarrollo Social les abrirá una Cuenta Rut de Banco Estado, para lo cual tendrán un subsidio mensual adicional de $700 para realizar giros y emitir cartolas.

Para el pago presencial, los beneficiarios deben acudir personalmente a una de las sucursales con su cédula de identidad y hacer el trámite. Para ellos el plazo para cobrar su dinero es de seis meses.

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