La Corte Suprema condenó a la Municipalidad de Puerto Montt a pagar una indemnización total de $15.118.710 a la madre de un niño de 11 años que sufrió serias lesiones al resbalar en la vía pública, producto de la falta de mantención de una calle.El hecho ocurrió el sábado 19 de octubre de 2013, cuando luego de haber participado como familia en un bingo del colegio Inmaculada Concepción de Puerto Montt, se dirigían a su domicilio caminando por la cuesta Santa Teresa para hacer un poco de ejercicio.
A las 20:00 horas, cuando ya estaban a la altura de avenida Presidente Ibáñez, al costado derecho de la cuesta, existe un pasaje sin salida, por donde cae una vertiente, la cual produce una mucosidad y a la vez la vereda toma una pequeña curva, lo que hace más difícil mantener la estabilidad.
En esas condiciones, el niño de 11 años, resbaló y se golpeó contra el cemento. Producto del golpe se le quebraron los dos dientes delanteros, lo cual ha mantenido al afectado con tratamientos hasta la actualidad.
En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Rosa Egnem, Carlos Aránguiz, Arturo Prado y los abogados (i) Jean Pierre Matus y Rodrigo Correa– rechazó un recurso de casación en el fondo interpuesto por la municipalidad, y confirmó que la madre tiene legitimidad para actuar en representación del menor accidentado.
«Que los sentenciadores concluyeron que la actora tiene el cuidado personal de su hijo atendida su condición de mujer separada del padre del niño, lo que no sólo se desprende de sus dichos, sino que de la declaración notarial hecha por el padre. Concluyendo que la actora se encuentra legitimada activamente para actuar en nombre de su hijo, deduciendo la pertinente acción indemnizatoria en contra de la Municipalidad de Puerto Montt», sostiene el fallo.
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