El quellonino

Proponen proyecto que tiene por objetivo limitar las notificaciones de cobranza por parte de empresas de servicios

Los senadores Gloria Aravena (Evópoli) y Juan Castro (RN) ingresaron un proyecto que tiene por objetivo limitar las notificaciones de cobranza por parte de empresas de servicios, iniciativa que también propone multas para aquellas compañías que transgredan la norma con su insistencia. Pero la medida, que está en condiciones de ser revisada por instancias económicas […]

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Los senadores Gloria Aravena (Evópoli) y Juan Castro (RN) ingresaron un proyecto que tiene por objetivo limitar las notificaciones de cobranza por parte de empresas de servicios, iniciativa que también propone multas para aquellas compañías que transgredan la norma con su insistencia.

Pero la medida, que está en condiciones de ser revisada por instancias económicas del Congreso, no sólo se limita a llamados telefónicos, también comprende cartas, mensajes de texto y correos electrónicos. Es decir, todo lo que funcione como notificación para pago de deudas.

Según consignó Diario Financiero, los parlamentarios oficialistas indicaron que la Ley establece actualmente que las actuaciones de cobranza extrajudicial para el mercado del crédito “no podrán considerar el envío al consumidor de documentos que aparenten ser escritos judiciales, comunicaciones a terceros ajenos a la obligación en las que se dé cuenta de la morosidad; visitas o llamados”.

Tampoco deben generar “conductas que afecten la privacidad del hogar, la convivencia normal de sus miembros o la situación laboral del deudor”.

Lo anterior, aseguraron, deja de lado “cobros como son las cuentas de servicios y concesionarias de autopistas”, por lo que estiman que es necesario que tal criterio también se aplique a este tipo de deudas.

En concreto, Aravena y Castro propusieron en su proyecto que las notificaciones se limiten a 60 días sólo si la deuda no aumenta durante ese periodo.

“El que realice comunicaciones en transgresión al inciso anterior será sancionado con multa de cinco a cincuenta Unidades Tributarias Mensuales”, detallaron.

Desde la justicia

Hasta el momento la Justicia ha acogido en una serie de oportunidades recursos contra empresas por este comportamiento e incluso ha condenado a compañías en base a su actuar.

En enero de 2017, la Corte Suprema falló contra Abcdin por esta misma razón.

En septiembre de 2017 fue la Corte de Apelaciones de Santiago el tribunal que acogió un recurso de protección de un cliente en contra de Ripley por el “acoso telefónico” que sufría.

Tal actuar fue catalogado por el ente de segunda instancia como arbitrario, “al realizar múltiples llamados telefónicos y de envíos de mensajes de textos para cobrar cuotas impagas”.

En noviembre de 2017, la misma Corte acogió otro recurso de protección presentado por la viuda y los hijos de un cliente fallecido en contra de Banco Santander, por el cobro de una deuda que el hombre dejó impaga con su muerte, en octubre de 2016.

En octubre de este año, el mismo tribunal de alzada acogió un recurso de protección en contra de Servicios Médicos S.A. y Clínica Dávila por los llamados y el envío de mensajes para cobrar extrajudicialmente una deuda.

Según un estudio de Truecaller, una plataforma de detección y bloqueo de números no deseados, Chile es el segundo país de América Latina en donde los usuarios reciben más llamadas indeseadas, listado liderado por operadoras telefónicas, empresas de cobranza y servicios financieros.

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