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Tribunal condenó a Essal por daño ambiental en el Lago Llanquihue

Órgano de jurisdicción ambiental acogió la demanda de Puerto Varas y ordenó a la sanitaria reparar el daño causado en la bahía.

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Órgano de jurisdicción ambiental acogió la demanda de Puerto Varas y ordenó a la sanitaria reparar el daño causado en la bahía.

De manera unánime, el Tribunal Ambiental de Valdivia, condenó a la Empresa de Servicios Sanitarios de Los Lagos S.A. (Essal) como responsable del daño ambiental de la Bahía de Puerto Varas del Lago Llanquihue, debido al vertimiento de aguas servidas no tratadas.

El hecho se registró a raíz de «la activación reiterada e injustificada de los aliviaderos de tormenta de las Plantas Elevadoras de Aguas Servidas (PEAS) de Santa Rosa y Puerto Chico», explicó la entidad.

La sentencia de los ministros Iván Hunter, Sibel Villalobos y Jorge Retamal concluye que «se ha producido una afectación y detrimento al componente agua de la bahía de Puerto Varas del Lago Llanquihue, debido al vertimiento de aguas servidas o mixtas desde los aliviaderos de Santa Rosa y Puerto Chico (…) como consecuencia de las altas concentraciones de coliformes fecales se produce la pérdida del valor o servicio de uso de carácter recreativo y para deportes acuáticos, con y sin contacto directo, en la bahía Puerto Varas en el Lago Llanquihue».

«La apertura de los aliviaderos de tormenta en la época estival del año 2017 no responde directamente a las precipitaciones ocurridas en la zona, ya que éstas no fueron mayores que en el invierno del mismo año, no obstante, la apertura de los aliviaderos de tormenta se produjo con mayor frecuencia durante este período», agrega el fallo.

Esto, añadieron los juristas, «quiere decir que es muy probable que la activación de los aliviaderos de tormenta se deba a la falta de capacidad de las PEAS de hacerse cargo de los caudales máximos esperados, más que al exceso mismo de aguas lluvias en la red de alcantarillado de Puerto Varas».

«Esto demuestra que la demandada Essal no ha adoptado las medidas necesarias para hacerse cargo de esta causa del daño ambiental», consideró el tribunal.

Descargas reiteradas desde 2010 y negligencias

Según el fallo, aunque las aguas servidas o mixtas se diluyen en períodos relativamente cortos, hay suficientes antecedentes de que dichos vertimientos volverán a repetirse y, por lo tanto, requieren soluciones coherentes.

«Es un hecho indiscutido que la activación de los aliviaderos y el vertimiento de aguas servidas o mixtas a través de estos al Lago Llanquihue viene produciéndose al menos desde el año 2010, y no existen antecedentes que permitan determinar que esto no seguirá ocurriendo. Por el contrario, de acuerdo al análisis realizado, es altamente probable que se hayan producido y esto siga sucediendo en el futuro».

Asimismo, el Tribunal Ambiental de Valdivia -con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes- determinó que «ha existido una negligencia constante de Essal en la operación de sus PEAS y de su sistema de alcantarillado, como también una demora en desarrollar las medidas comprometidas por la empresa para mejorar esas deficiencias».

«Estos antecedentes permiten inferir que Essal no ha empleado en su conducta la diligencia necesaria de un hombre medio puesto en su misma situación para evitar la activación de los aliviaderos, considerando la naturaleza de los bienes jurídicos, previsibilidad y la posibilidad jurídica y fáctica de evitar el ingreso de aguas lluvias a sus sistemas de alcantarillado», añade.

Y así, se determina que «la conducta demostrada por la demandada dista de los estándares de diligencia exigibles a un hombre razonable puesto en situación de poner el riesgo la salud de la población».

Las medidas de reparación

Al considerar a Essal como responsable del daño ambiental en el Lago Llanquihue, el tribunal ambiental determinó que la empresa deberá presentar «un plan de reparación de dicho daño, debidamente respaldado, dentro del plazo de 30 días desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada o cause ejecutoria en conformidad a la ley».

Se debe incluir la instalación de una estación meteorológica de la empresa en Puerto Varas, un proyecto para aumentar la capacidad de conducción de aguas servidas, un proyecto técnico para aumentar la capacidad de homogeneización de aguas servidas de ambas plantas e implementar monitoreos a la calidad de las descargas de los aliviaderos de tormentas.

Finalmente, Essal debe elaborar un plan para disminuir las conexiones ilegales de bajadas de lluvia y aguas servidas, así como mejorar y reparar el sistema de alcantarillados para reducir la infiltración de aguas.

Por este vertimiento, Essal ya había sido multada con 400 millones de pesos por la Superintendencia de Servicios Sanitarios.

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