El quellonino

Corte de Valdivia ordena a banco restituir fondos sustraídos vía fraude informático a cuentacorrentista

La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió recurso de protección interpuesto en contra de Banco Estado, y le ordenó restituir $4.250.000 (cuatro millones doscientos cincuenta mil pesos) sustraídos desde cuenta corriente y cuenta Rut de la recurrente, quien fue víctima entre mayo y junio pasado, de un fraude informático.

Notas

más noticias
Corte 1

La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió recurso de protección interpuesto en contra de Banco Estado, y le ordenó restituir $4.250.000 (cuatro millones doscientos cincuenta mil pesos) sustraídos desde cuenta corriente y cuenta Rut de la recurrente, quien fue víctima entre mayo y junio pasado, de un fraude informático.

En fallo unánime (causa rol 1759-2019), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Ignacio Correa, Carlos Gutiérrez y Luis Aedo– acogió la acción de protección tras establecer el actuar ilegal y arbitrario de la recurrida, al denegar la devolución del dinero.

“Que deducido reclamo por el cuentacorrentista dando a conocer que ha sido víctima de un fraude informático surge la obligación de la entidad financiera de investigar internamente los hechos y dar adecuada respuesta. De los antecedentes reunidos no se aprecia que la recurrida haya efectuado una investigación con rigor y cuidado, desde que la escuetas carta de respuesta sólo precisan detalles evidentes y conocidos para el reclamante, como el monto de la transacción, su fecha contable y el canal por el cual fue efectuada, no realizando razonamiento alguno relativo a la existencia de patrones de fraude”, consigna la sentencia.

La resolución agrega: “Que valorando los antecedentes conforme a las reglas de la sana crítica, para esta Corte resultan creíbles los dichos de la recurrente en orden a que enterada de la transferencia de importantes sumas de dinero mantenido en su cuenta corriente a una persona para ella desconocida, se puso en contacto inmediato con Banco Estado buscando pronta solución, exigiéndosele concurrir al Banco para darle respuesta, sin brindarle la posibilidad de bloquear sus cuentas en forma telefónica, efectuándose un bloqueo en la oficina del Banco Estado de Futrono, la que ciertamente no tuvo efecto, pues en días posteriores se continuaron haciendo giros desde la cuenta aludida, sumándose tres movimientos a una cuenta RUT de la recurrente”.

“Esta situación, de la cual la recurrida no se hace cargo en su informe, en orden a desmentir o clarificar, es muestra patente de las falencias de seguridad del banco en esta situación en particular, pues entendiendo que el reporte de una operación bancaria al correo electrónico es una medida de seguridad a fin de tener inmediato conocimiento de los movimientos de una cuenta bancaria, pierde sentido su valor si la pretensión de buscar solución a una transferencia desconocida no puede materializarse por la falta de diligencia de ejecutivos bancarios que no le ofrecen la solución más rápida, como el bloqueo telefónico, efectúan un bloqueo fallido y le exigen diversos trámites para materializar un reclamo que en definitiva es respondida mediante un formulario tipo que no da cuenta de una detallada investigación. Más aún sorprende que tal respuesta se haya dado siendo del mismo banco las cuentas que participaron de las transferencias cuestionada, tanto en su emisión como recepción, lo que debía facilitar una rápida intervención”, añade.

“Que en este sentido no habiendo acreditado la recurrida el cumplimiento adecuado de su obligación de vigilancia y análisis de patrones de fraude en la operación cuestionada por el recurrente, su conducta en orden a negar el reintegro de los fondos resulta ilegal y arbitraria, pues traslada los efectos del fraude bancario al recurrente, cuentacorrentista, quien ve perjudicado su patrimonio, entregando insuficiente respuesta basada en una deficiente investigación, vulnerándose el derecho consagrado en el artículo 19 número 24 de la Constitución, en circunstancias que correspondía asumir el perjuicio económico a la entidad bancaria”, afirma la resolución.

Por tanto, concluye que: “se ACOGE, sin costas, la acción de protección interpuesta por el abogado don Juan Ramón Roa Mella en representación de doña Margarita Elena Leiva Mora, en contra del Banco del Estado de Chile, entidad bancaria que debe restituir a la recurrente la suma de $4.250.000 dentro de los tres días siguientes a que el fallo quede ejecutoriado”.

Hualqui
Estadio 'Zorros del Desierto
Delegación Presidencial Provincial de El Loa
Ministra vocera de Gobierno
Camila Vallejo
Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago
Daniel Urrutia
Vladimir Putin
Alexei Navalny
Benfica
paris 2024 logo
mascota paris 2024
Fondo 1 Paris 2024
novac

Djokovic colapsa en el US Open por problemas físicos

Deportes

31/08/2026

pgu

ISP informa aumento en la Pensión Garantizada Universal que beneficiará a adultos mayores de 75 a 81 años

nacional

31/08/2026

Deportes

31/08/2026

Huachipato actualiza estado de salud de Christian Bravo tras incidente

Huachipato actualiza estado de salud de Christian Bravo tras incidente
Internacional

28/08/2026

Tragedia en Nepal y el Tíbet: 165 muertos y más de 1.300 desaparecidos por inundaciones y deslizamientos

Tragedia en Nepal y el Tíbet: 165 muertos y más de 1.300 desaparecidos por inundaciones y deslizamientos
Internacional

28/08/2026

Argentina zanja polémica sobre Estrecho de Magallanes con Chile

magallanes
Deportes

28/08/2026

Debut de Vozinha en Colo Colo destaca en prensa internacional

Debut de Vozinha en Colo Colo destaca en prensa internacional
nacional

28/08/2026

Kast revive Gabinete de Primera Dama eliminado en gobierno de Boric

kast2
Deportes

28/08/2026

Conflicto en el Atlético de Madrid: Julián Álvarez y su posible salida al FC Barcelona

Julián Álvarez y Atlético de Madrid: conflicto deportivo en Europa
nacional

28/08/2026

Estados Unidos frena postulación de Michelle Bachelet en la ONU

bachellete

Recientes