El quellonino

Achao, Quinchao: pololeo de profesor con alumna desde los 14 años sacude a Liceo

Una indagatoria a cargo de detectives de la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales y Menores de Ancud se está realizando actualmente en la comuna de Quinchao luego que se descubriera la existencia de una relación supuestamente «romántica» entre un profesor y una estudiante en un liceo de Achao, y que ya llevaría varios años.

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Una indagatoria a cargo de detectives de la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales y Menores de Ancud se está realizando actualmente en la comuna de Quinchao luego que se descubriera la existencia de una relación supuestamente «romántica» entre un profesor y una estudiante en un liceo de Achao, y que ya llevaría varios años.

De acuerdo a información preliminar recopilada por La Opinión de Chiloé, el caso habría estallado luego de una denuncia por eventuales vejaciones de índole sexual del docente hacia la menor, hechos que se vendrían dando desde el año 2016 y que aún continuaría. Ello sería del conocimiento de los padres de la víctima, quienes avalarían la supuesta «relación».

Las dudas sobre si todo comenzó cuando ella tenía 13 o 14 años mantuvieron la causa desformalizada por varios meses, un dato clave a la hora de decidir el presunto ilícito por el cual formalizar, vale decir, si por violación impropia de menor de 14 años de edad (artículo 362 del Código Penal) o estupro (artículo 363 del Código Penal).

Las diligencias que se llevaron a cabo de manera sigilosa durante los últimos meses han sido complejas toda vez que la menor, que hoy tiene 17 años, defiende al imputado de 28 años asegurando que tienen una relación consentida y que sus papás también apoyan todo, declarando que habrían intimado después que ella cumpliera 14 años de edad y no antes, descartándose entonces el artículo 362.

Así, el sujeto fue formalizado como presunto autor en grado de consumado del delito de Estupro, ilícito descrito y sancionado en el artículo 363 del Código Penal con penas que van desde presidio menor en su grado máximo (3 años y un día a 5 años) a presidio mayor en su grado mínimo (5 años y un día a 10 años).

Para el Ministerio Público, los hechos fácticos serían claros para la configuración del delito dado que el docente, aprovechándose de su estatus de autoridad, y teniendo a su cuidado a la menor, mantuvo relaciones sexuales, investigándose actualmente si aquello también ocurrió o no al interior del mismísimo liceo. Se ha señalado que la estudiante no vio afectado su rendimiento en el ramo que dicta el imputado, siendo sobresaliente.

El fiscal asevera que podrían existir varias circunstancias que alientan la persecución penal en este caso, independiente de los dichos de la menor quien acompañó al profesor a la audiencia y pidió al juez que no emitiera una orden de alejamiento, y que se encuentran en los números 1°, 2° y 4° del artículo 363 ya referido.

En particular, la primera implicaría que el profesor abusó de una anomalía o perturbación mental, aun transitoria, de la víctima, que por su menor entidad no sea constitutiva de enajenación o trastorno (depresión, problemas familiares, conflictos con sus padres, entre otros). La segunda es que el imputado abusó al entablar una relación de dependencia con la hoy adolescente, y que generalmente se da en casos en que el agresor está encargado de su custodia, educación o cuidado, y que en tal marco generó una ilusoria relación romántica. La tercera implicaría que el aludido engañó a la víctima abusando de su inexperiencia o ignorancia sexual.

Cualquiera sea el caso, por instrucciones del Ministerio Público de Quinchao, la Brisexme está realizando varias indagatorias para determinar la dinámica de todo este lío que se había mantenido en secreto hasta hoy. Desde la defensa particular se asevera que todo ha sido consentido, por lo que el profesor no tendría responsabilidad en el delito de estupro y espera que sea absuelto gracias a las declaraciones de la menor y de sus papás.

Se fijó un plazo de investigación de 90 días, decretándose como medidas cautelares la firma mensual y arraigo nacional.

 

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