Tribunal Ambiental escucha alegatos por multa a Inmobiliaria Alto Volcanes en Puerto Montt
La Inmobiliaria Alto Volcanes SpA presenta reclamo de ilegalidad contra la SMA, que impuso multa de más de cuatro mil millones de pesos.
La empresa Inmobiliaria Alto Volcanes SpA presentó un reclamo de ilegalidad contra la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por imponer una multa de más de cuatro mil millones de pesos debido a la realización de obras sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Estas obras afectaron a los humedales Alto La Paloma, La Wuiña y Bajos del Estero La Paloma, ubicados en la comuna de Puerto Montt.
En la audiencia de alegatos, el reclamante cuestionó la actitud beligerante de la SMA hacia este proyecto, señalando que en la misma zona existen otros proyectos inmobiliarios ejecutados por diferentes titulares sin que se hayan tomado medidas similares. Además, argumentó que la SMA está aplicando sanciones retroactivas a cuestiones que no estaban contempladas al inicio de la ejecución del proyecto.
El reclamante hizo referencia a un acuerdo de conciliación en el marco de una demanda por daño ambiental, en el cual la empresa se comprometió a ingresar el proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y obtener una RCA favorable para la construcción de 2 mil viviendas. Sin embargo, según el reclamante, la SMA utilizó antecedentes del año 2024 y del proceso de conciliación para configurar la infracción, a pesar de que las obras comenzaron en diciembre de 2020. También argumentó que el proyecto no ha avanzado y considera desproporcionada la multa impuesta.
Por su parte, la SMA defendió su decisión argumentando que este caso es relevante desde el punto de vista ambiental, ya que es el primer caso en el que se impone una multa pecuniaria por infringir el artículo 10 literal s) de la Ley 19.300, relacionado con ejecutar un proyecto sin contar con una RCA. La Superintendencia sostiene que el proyecto ingresó al SEIA con un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) que confirmó su hipótesis sobre la infracción. La SMA afirmó que los argumentos del reclamante buscan cuestionar tanto las conclusiones del procedimiento sancionatorio como las evaluaciones ambientales realizadas.
Fuente: El Insular Los Lagos
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